Inicio > Un ilustre archidonés

          

PANTEÓN DE MARINOS ILUSTRES

Orden Ministerial número 145/2002, de 27 de junio, por la que se dispone el traslado de los restos mortales del Almirante don Augusto Miranda y Godoy al Panteón de Marinos Ilustres.

Augusto Miranda y Godoy nació en Archidona (Málaga) el 27 de mayo de 1855. En enero de 1871 sienta plaza como aspirante de la Armada en la Escuela Naval Flotante a bordo de la fragata «Asturias», llegando a alcanzar el puesto número uno de su promoción. Durante toda su vida demuestra una extraordinaria capacidad profesional y dotes de mando, dando probadas pruebas de amor a su carrera y a su Patria.

Dotado de una inteligencia privilegiada y gran capacidad de trabajo, será autor de diversos estudios técnicos y obras de investigación, dos de las cuales serán premiadas por la Acade­mia de Ciencias de París y declaradas oficialmente como manuales de texto de la Escuela Naval.

Desarrolla su brillante carrera en numerosos destinos de embarco y de tierra, participando en acciones de guerra contra fuerzas insurrectas en Cuba, y durante la Campaña de Filipinas de 1898 como comandante militar de la estación naval de la Isla del Corregidor.

Su prestigio trasciende del ámbito puramente naval. Será comisionado en mayo de 1910 para estudiar la organización y sistemas de enseñanza de diversas Escuelas Navales europeas, siendo posteriormente Vocal de la Junta encargada de redactar -el programa, plan de estudios y reglamentos de la futura Escue­la Naval de San Fernando. Más tarde, a finales de 1912, se des­tacaría por sus excepcionales cualidades diplomáticas mandan­do el crucero «Reina Regente», en circunstancias especialmente difíciles con ocasión de su participación en el conflicto de los Balcanes.

La parte más significativa y relevante de su carrera tiene lugar tras su promoción al Almirantazgo, en marzo de 1913, ocupando importantes cargos en la Armada. Como Ministro de Marina será el impulsor de la creación del Arma Submari­na Española y de un ambicioso programa de construcciones navales, fruto de la ley de escuadra conocida en su honor como «Ley Miranda», de 17 de febrero de 1915, que marcó un hito en nuestra Historia naval y que supuso, asimismo, una profunda y trascendental reorganización, y reestructuración de la Armada, con la rehabilitación de arsenales y la cons­trucción de nuevas bases navales, lo que en conjunto consti­tuyó una verdadera reconstrucción con los criterios más modernos de su época. Su enorme talento le llevará a des­arrollar una fructífera gestión al frente de la Armada, acome­tiendo numerosas e importantes reformas, tanto en los asun­tos de material como de personal. Entre estos últimos destaca el impulso que imprimió a los aspectos de formación y enseñanza (Desarrollo del Plan de Estudios de la Escuela Naval Militar de San Fernando; creación de la Escuela de Ingenieros y Maquinistas de la Armada).

Por su gran prestigio y altísima consideración en la Armada, será Ministro en cinco diferentes Gobiernos de la Nación, osten­tando la cartera de Marina en los tres empleos del Almirantazgo. Se hizo acreedor de numerosas condecoraciones nacionales y extranjeras, destacando entre las primeras varias cruces del Mérito Naval y del Mérito Militar con distintivo rojo. Asimismo, por el gran aprecio que merece de S.M. el Rey don Alfonso XIII, fue nombrado Senador Vitalicio del Reino, por designación regia, y Consejero de Estado. Finalmente, fue propuesto como Presi­dente del Gobierno de la Nación, designación que inicialmente declinó por motivos de salud. Su muerte truncó definitivamentela posibilidad de acceso a esta magistratura, el 28 de abril de 1920.

Falleció relativamente joven, en el Hospital Real de Santiago de Compostela, cuando todavía no había cumplido 65 años de edad, teniendo por delante más de un lustro de vida activa en la Armada, su posible ascenso a la dignidad de capitán general y la esperanza de otros grandes servicios a España.

Fue enterrado en el madrileño Cementerio de San Isidro el día 1 de mayo de 1920.

Por todo lo expuesto, don Augusto Miranda y Godoy es acreedor a que la Armada lo enaltezca y distinga, conservando sus restos mortales en el Panteón de Marinos Ilustres, para ejemplo de las generaciones futuras.

Por todo ello y en virtud de las facultades que me otorga el articulo 4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno,

dispongo:

Apartado único. Los restos mortales del Almirante don Augusto Miranda y Godoy serán trasladados solemnemente al Panteón de Marinos Ilustres con los honores que correspondan, una vez cumplidos los requisitos que al efecto fijan las disposi­ciones vigentes, debiendo adoptar el Ministerio de Defensa cuantas disposiciones convenga para honrar debidamente su memoria.

Disposición final única.  La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Defensa».

Madrid, 27 de junio de 2002.

FEDERICO TRILLO-FIGUEROA Y MARTINEZ-CONDE